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14 de enero de 2025

Tasa de retención de las boletas de honorarios electrónicas subirá nuevamente en enero

Atención trabajadores a honorarios. Un nuevo aumento en la retención de las remuneraciones que reciben los trabajadores que tiene esa condición laboral comenzó en enero. De acuerdo con lo señalado por el Servicio de Impuestos Internos (SII), cada vez que un contribuyente emita una boleta de honorarios, la retención subirá desde 13,75% a 14,5%.
Esta alza gradual de la retención se debe a que el 2 de febrero de 2019 se publicó en el Diario Oficial la Ley N°21.133 que suma los trabajadores a honorarios a los regímenes de Protección Social, fijando un mecanismo obligatorio y gradual del pago de sus cotizaciones, lo que les permite tener acceso a todos los beneficios de la seguridad social, subiendo 0,75% por año, para llegar al 17% en 2028.
Del mismo modo, con el objetivo de contar con los recursos necesarios para el financiamiento de estas cotizaciones, la ley estableció también que, desde el 1 de enero de 2020 ‘se aumentará gradualmente la retención del 10% o la tasa del Pago Provisional Mensual obligatorio (PPM) en los casos que no aplica la retención del receptor, en la emisión de Boletas de Honorarios’.
Para evitar errores, el SII, informó que si se emiten boletas en sii.cl, o un tercero las emite por el contribuyente, habrá una aplicación disponible en el sitio web del SII, el cual realizará el cálculo con la nueva retención de manera automática.
Según estimó CCL Auditores Consultores, este nuevo porcentaje de retención es para todos los emisores de Boletas de Honorarios, y a los emisores de Boletas de Prestación de Servicios de Terceros, y afecta a más de 1.000.000 de personas en Chile, donde a modo de ejemplo, sólo en el sector público existen más de 300.000 empleados a honorarios. La excepción, son las boletas de directores de empresa las cuales se congelaron en un 10%.
El director de Impuestos de CCL Auditores Consultores, Felipe Salinas, explica que ‘el llamado es claro: las empresas nuevamente deben modificar los parámetros en sus sistemas internos para el correcto cumplimiento fiscal, mientras que los independientes que emitan este tipo de documentos, deben considerar que esta mayor retención que en la práctica significará menor flujo en el pago de servicios’.

Fuente: La Tercera – Pulso

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